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A. Si para la fecha de entrega
de los pliegos de esta subasta, no posee todos o algunos de los documentos
que a continuación mencionamos tendrá que presentar evidencia
escrita por la agencia pertinente, certificando que le solicitó
los mismos. El no cumplir con este requisito podrá constituir
razón para el rechazo de la oferta.
B. De haber sido entregados a la
División de Compras incluirá evidencia de haberlos presentado.
C. Los documentos deberán
ser presentados en original, en caso de tener copia de la Certificación
del Registro Único de Licitadores de ASG podrá entregar
éstos en copia. Entregará además copia de la Certificación
del Registro Único de Licitadores de ASG.
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Certificación del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
de que el licitador ha rendido sus planillas de Seguro por Desempleo,
Incapacidad Temporal y Seguro Choferil, si aplica.
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Certificaciones del Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales
(CRIM) por contribuciones sobre la propiedad mueble e inmueble.
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Certificación de Radicación de Planilla, Modelo SC
2888 del Departamento de Hacienda, expedida por el Área de
Rentas Internas del Departamento de Hacienda, en la cual se haga
constar que la persona rindió planillas de contribución
sobre ingresos para los cinco años previos al año
en que se le vaya a formalizar el contrato (Forma 35-67).
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Aún en los casos en que el licitador haya certificado no
tener deudas contributivas, deberá entregar una Certificación
de Deuda emitida por el Departamento de Hacienda (Modelo SC 6096),
expedida por el Área de Rentas Internas del Departamento
de Hacienda.
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En el caso en que el licitador tenga deudas y esté acogido
a un plan de pago, deberá así certificarlo e indicar
que está cumpliendo con los términos y condiciones
del mismo. Será indispensable que presente una certificación
del Departamento de Hacienda, el CRIM, etc., como evidencia del
plan de pago y de que está al día.
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En aquellos casos en que algunas de las certificaciones que someta
el licitador reflejen deudas, pero someta evidencia de que están
en proceso de revisión por solicitud del licitador o que
están en un proceso de ajuste, éste lo hará
constar por escrito en el contrato u orden de compra, certificando
que de no proceder la revisión o el ajuste se compromete
a cancelar la deuda mediante retención en los pagos a que
tenga derecho a recibir por el contrato u orden de compra. El licitador
deberá acompañar una certificación del Departamento
de Hacienda, a estos efectos, o de cualquier otro organismo que
aplique, según el tipo de deuda (CRIM, Departamento de Trabajo,
etc.).
En estos casos se debe especificar en el contrato o la orden de
compra que el licitador tendrá la obligación de informar
trimestralmente (marzo 31, junio 30, septiembre 30 y diciembre 31)
sobre el progreso o denegación de la revisión o ajuste.
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De no estar obligado a rendir planilla de contribución sobre
ingresos durante todo o parte del período de cinco años
por alguna de las razones que provee el código de rentas
internas, el licitador debe presentar y acompañar como parte
de la oferta, una declaración jurada exponiendo las razones
por las cuales no está obligado a rendir planillas. Dicha
declaración estará sujeta a la penalidad por perjurio,
según se tipifica este delito en el Código Penal.
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En los casos en que el licitador haya radicado las planillas de
contribución sobre ingresos, pero adeude contribuciones,
el organismo gubernamental establecerá una cláusula
en el contrato u orden de compra en la que el licitador se compromete
a cancelar dicha deuda mediante retención con cargo a los
pagos que tienen derecho a recibir conforme al contrato u orden
de compra.
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Certificado de existencia o de autorización para hacer negocios
en Puerto Rico emitido por el Departamento de Estado.
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Certificado de Buena pro (Good Standing) que garantice
que la corporación cumplió con enviar sus informes
corporativos anuales al Departamento de Estado y está al
día en sus asuntos con dicho Departamento.
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Certificado de póliza vigente de la
Administración del Fondo del Seguro del Estado.
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