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Artículo 6: Disposiciones Generales
Análisis de Secciones:
Municipios.
Poder para imponer contribuciones; para contraer deudas.
Reglas para imponer contribuciones serán uniformes.
Elecciones.
Promulgación de leyes; término de vigencia.
Asignaciones, cuando no se hayan aprobado.
Asignaciones no excederán de los recursos.
Prioridad de desembolsos cuando recursos no basten.
Uso de propiedades y fondos públicos.
Compensación adicional por servicios; prórroga del término o disminución de sueldo de funcionario público; sueldo por más de un cargo.
Sueldos de funcionarios; aumento o reducción.
Residencia del Gobernador.
Franquicias, derechos, privilegios y concesiones.
Tenencia de tierras por corporaciones.
Bandera, Escudo e Himno.
Juramento de funcionarios y empleados públicos.
Traslado de la sede del gobierno en caso de emergencia.
Acciones criminales se instruirán a nombre de El Pueblo de Puerto Rico.
Recursos naturales; lugares históricos o artísticos; instituciones penales;
delincuentes