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Arancel de los derechos que deberán pagarse a secretaría del Tribunal Supremo.*
- Por cada escrito de apelación u otro recurso en casos civiles en el Tribunal Supremo
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$ 50.00 |
- Por cada petición en recursos extraordinarios, con excepción del recurso de hábeas corpus, el cual será concedido libre de costas.
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$ 12.00 |
- Por cada oposición de una parte cualquiera en recursos extraordinarios, con excepción del recurso de hábeas corpus, el cual será concedido libre de costas.
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$ 8.00 |
- Por cada escrito de apelación en recursos extraordinarios, con excepción del recurso de hábeas corpus, el cual será concedido libre de costas.
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$ 8.00 |
- Por cada escrito para el cual no se dispone arancel.
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$ 1.00 |
- Por expedir copia de cualquier documento obrante en autos, inclusive su certificación cuando ésta sea requerida, por cada folio.
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.50¢ |
- Por cada certificación bajo sello.
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$ 1.00 |
*Ley Núm. 17 de 11 de marzo de 1915, según enmendada.
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