Rama Judicial de Puerto Rico
Aranceles del Tribunal de Primera Instancia

Arancel de los derechos que deberán pagarse a secretarios(as) del Tribunal de Primera Instancia.*

  • Por cada demanda en pleito civil contencioso ante el Tribunal de Primera Instancia. Los casos en donde se reclamen exclusivamente alimentos estarán exentos del pago de este arancel.

$ 40.00

  • Por la primera alegación del demandado en pleito civil contencioso, sea contestación, o moción en el Tribunal de Primera Instancia con excepción del recurso de ex-propiación forzosa, en cuyo caso será libre del pago de Derecho.

$ 40.00

  • Por cada escrito de promoción de un expediente de jurisdicción voluntaria en el Tribunal de Primera Instancia, incluyendo la solicitud de permiso de portación de armas de fuego.

$ 20.00

  • Por cada resolución final de un tribunal en expediente de jurisdicción voluntaria.

$ 12.00

  • Por cada demanda en desahucio por falta de pago, en el Tribunal de Primera Instancia.

$12.00

  • Por cada sentencia final en juicio por desahucio por falta de pago.

$ 4.00

  • Por cada petición en recursos extraordinarios, con excepción del recurso de hábeas corpus, el cual será concedido libre de costas.

$ 12.00

  • Por cada oposición de una parte cualquiera en recursos extraordinarios, con excepción del recurso de hábeas corpus, el cual será concedido libre de costas.

$ 8.00

  • Por cada demanda en reposesión de bienes muebles, en el Tribunal de Primera Instancia.

$ 40.00

  • Por cada escrito para el cual no se dispone arancel en los apartados anteriores.

$ 1.00

  • Por expedir copia de cualquier documento obrante en autos, inclusive su certificación cuando ésta sea requerida, por cada folio.

.50¢

  • Por cada certificación bajo sello.

$ 1.00

Mediante Sello de Suspensión*

  • Por cada moción o solicitud de suspensión, escrita o verbal, de la vista en sus méritos de casos contenciosos en el Tribunal de Primera Instancia.

$ 40.00

  • Por cada moción o solicitud de suspensión, escrita o verbal, de la vista en cualquier otro procedimiento, asunto o trámite judicial en el Tribunal de Primera Instancia.

$ 20.00

*Ley Núm. 17 de 11 de marzo de 1915, según enmendada.