Rama Judicial de Puerto Rico

Nueva política sobre aprobación de cursos de educación continua

Año Fiscal: 2002-2003
Fecha: 25 de noviembre de 2001

A Todos(as) los Proveedores(as) de Servicios de Adiestramiento

Con el propósito de promover las ofertas de cursos por parte de los proveedores, hemos revisado la política de aprobación de cursos en lo relacionado a la vigencia de los mismos. Previo a este Aviso General, todo los cursos eran aprobados sólo para la fecha en que se iban a ofrecer. La nueva política que definimos adelante, establece como opción la aprobación por un término de un (1) año o hasta el término de vigencia de la certificación del proveedor, lo que sea menor.

Conforme a las facultades otorgadas al amparo de las Reglas 2.02 y 6.03 del Reglamento de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos y de la Regla 7.04 del Reglamento de Certificación y Educación Continua Relacionado con los Métodos Alternos para la Solución de Conflictos establecemos la política siguiente:

Todo(a) proveedor(a) certificado(a) podrá solicitar aprobación de cursos por un término de un (1) año o hasta el término de vigencia de la certificación del proveedor, lo que sea menor, mientras el curso aprobado mantenga el diseño, contenido, horario y adiestrador especificado en la propuesta final aprobada por el Negociado.

  1. El Negociado contará el término a partir de la primera fecha de oferta del curso. Este término no se verá afectado por cambios que posteriormente el proveedor pueda hacer sobre las fecha.
  2. Todo(a) proveedor(a) certificado(a) está obligado(a) a notificar por escrito al Negociado sobre cualquier cambio en las condiciones del curso aprobado. La ausencia de notificación temprana podría conllevar la desaprobación del curso y la no convalidación del mismo para educación continua.
  3. Todo(a) proveedor(a) certificado(a) que haya recibido aprobación de uno o más cursos a partir del 1 de septiembre de 2001 podrá solicitar al Negociado una extensión de la aprobación. La solicitud de extensión se hará por carta y en la misma el(la) proveedor(a) certificará que el curso mantiene el diseño, contenido, horario y adiestrador especificado en la propuesta final aprobada por el Negociado.

Esta política entrará en vigor inmediatamente.

NOTA AL USUARIO

La publicación de los Avisos Generales en forma electrónica se hace con el fin de facilitar el acceso a información para las personas y organizaciones certificadas por el Negociado y en beneficio de otras personas interesadas. De haber discrepancia entre el contenido de la versión publicada en formato electrónico y el contenido de la versión impresa, prevalece el contenido de la versión impresa. Copia de la versión original está disponible en las oficinas del Negociado de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos.

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